Introducción

Este blog tiene por objeto recopilar toda la información que pueda ser de utilidad para preparar las oposiciones a la Carrera Judicial y a la Carrera Fiscal. Desde 2001, el acceso a ambas es común, es decir, es necesario superar el mismo proceso selectivo para, posteriormente, entregar un documento en el que se opta por una Carrera u otra.

La información está organizada en secciones para que puedas seleccionar más fácilmente el tema en el que estás interesado.

Gracias por visitar el blog y espero que te sirva de ayuda.

Desde el 7 de febrero de 2014, el blog está cerrado, sin perjuicio de posibles actualizaciones del temario. No me comprometo a contestar emails ni comentarios. Éste ha sido uno de los proyectos más bonitos de mi vida y os agradezco haberme acompañado en el camino.

domingo, 5 de octubre de 2014

Dudas sobre los temas

Aquí pretendo consignar las dudas frecuentes que existen sobre los temas y su resolución, cuando esto sea posible.

EN GENERAL.

Se habla de una nueva Ley "X" o se ha aprobado el proyecto de Ley "X" en el Consejo de Ministros, ¿entrará en la próxima convocatoria?
Por nueva Ley "X" o proyecto de Ley "X" me refiero al nuevo Código Penal o la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, entre otros. Por mucho rumor que haya, y por muy avanzada o no que esté la tramitación parlamentaria, hasta que la norma correspondiente no se publique, debemos estudiar con arreglo a la legislación publicada. De hecho, si la reforma prevista finalmente se llevara a cabo y fuere muy importante, es posible que el CGPJ indicara por nota informativa que no se exige en la convocatoria en curso, por lo que no habría que preocuparse. Bastante tenemos con las actualizaciones legislativas existentes como para preocuparnos por las meramente proyectadas. Para daros un ejemplo, cuando yo empecé a estudiar el Derecho Procesal Penal hay quien me recomendó que no me lo estudiase todavía porque se proyectaba una nueva LECrim. He aprobado y a día de hoy la LECrim sigue siendo eso, un mero rumor.

DERECHO CONSTITUCIONAL.
Tema 18. ¿Hay que saberse todas las competencias del Estado y de las CCAA? 
Esta pregunta no tiene una respuesta correcta en sentido "oficial". Sí puedo decir, no obstante, cuál es mi opinión "fundada" al respecto. Las competencias de los artículos 148 y 149 de la Constitución viene consignadas en los libros de la Editorial Carperi en letra pequeña, lo que, en "lenguaje Carperi", equivale a "léetelo pero no hace falta que te lo estudies". Mi preparador, por otra parte, nunca me las exigió. No conozco a ningún opositor que crea que haya que sabérselas. No obstante, el día que se confirmó que sólo se iban a ofertar 50 plazas en la convocatoria de 2013, decidí que me las estudiaría. En el examen oral, me tocó este tema, y lo canté con todas las competencias y, por las caras de los miembros del Tribunal, juraría que nunca o casi nunca las habían escuchado todas. Sabérselas, si bien considero que no es obligatorio, lógicamente ha de entenderse que implica obtener una nota mayor.

DERECHO CIVIL.
Temas 12 y 13. ¿Hay que exponer la Ley del Registro Civil antigua o la nueva?
Según comunicado oficial de los Tribunales en la convocatoria de 2014, han de exponerse según la Ley del Registro Civil antigua (1957), con referencias a la nueva (2011). Puedes ver el comunicado aquíMis temas 12 y 13 están redactados según estas indicaciones.

Tema 66. ¿Hay que hablar del contrato de alimentos?
El contrato de alimentos (artículos 1.791-1.797 del Código Civil) fue introducido, en su actual redacción, por la Ley 41/2003. De ahí que en la convocatoria de 2004, el tema correspondiente (que era el 63) se formulase de la siguiente manera: "Contratos aleatorios. La renta vitalicia. La transacción. El contrato de alimentos." No obstante, en programas correspondientes a convocatorias posteriores, se eliminó la referencia al contrato de alimentos. Considero, y otros opositores con los que lo he consultado lo avalan, que esto no implica que no haya de mencionarse el contrato de alimentos, sino que la mención ha de hacerse dentro del epígrafe "Contratos aleatorios". En dicho epígrafe, habrá de darse el concepto general de contrato aleatorio y hablar del contrato de alimentos y del juego y apuesta. Si observáis, tampoco hay un epígrafe concreto sobre el juego y la apuesta y se mencionan; por tanto, lo mismo ha de hacerse con el contrato de alimentos. Carperi no habla del contrato de alimentos. Mis temas sí incorpora dicha mención.

DERECHO PENAL.

DERECHO PROCESAL CIVIL.

DERECHO PROCESAL PENAL.

DERECHO MERCANTIL.

DERECHO ADMINISTRATIVO-LABORAL.

¿Tienes alguna otra duda sobre el temario?

2 comentarios:

  1. Buenas noches!! Lo primero agradecerte tus pedazo de apuntes y decirte que es mi motivación de cada día eso de estudiar de las famosas 4 carillas, eres una verdadera crack y te admiro muchísimo! Lo segundo preguntarte por el tema 49 de Civil, sobre la defensa de Consumidores y Usuarios, ya que no lo he encontrado en ninguno de los dos bloques ni tampoco en el apartado de las actualizaciones. Muchísimas gracias y disculpa las molestias. Un saludo.

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    1. Buenas tardes! ¿Seguro que has mirado la entrada de "Descarga mis temas" actualizada a 2014? Me consta que ahí aparece el tema 49 de Civil tanto en el apartado de descarga del bloque 1 como en el apartado de descarga de los temas modificados. Ya me dices. Un saludo,

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